03 de agosto de 2022, 7:14 am.
La Corte Suprema declaró este martes admisible el recurso de amparo interpuesto por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, en la causa de la Inmobiliaria Bellavista, donde está imputado por tráfico de influencias y prevaricación.
La acción legal ante el máximo tribunal tiene el objetivo de ratificar el sobreseimiento de la autoridad de la comuna de Recoleta en la causa.
Recordar que el viernes pasado la misma corte declaró inadmisible un recurso de queja presentado por el alcalde, que apuntaba a tres integrantes de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago: los ministros Carmen Gloria Correa y Juan Muñoz Pardo, y el abogado integrante Rodrigo Montt Swett.
El edil había presentado la acción judicial debido a que el tribunal de alzada revocó su sobreseimiento definitivo, el cual había sido decretado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago frente a las acusaciones de prevaricación y negociación incompatible por tráfico de influencias presentadas por la empresa inmobiliaria.
En un comunicado, la autoridad municipal señaló que “el propio Ministerio Público comunicó su decisión de ‘no perseverar en el procedimiento’, cerrando completamente la investigación al no existir delito alguno”.
Agregó que en la resolución del tribunal de Apelaciones se “constituyen graves faltas que han importado un evidente perjuicio”, solicitando que se “adopte las medidas disciplinarias correspondientes”.
El caso se remonta a 2017, cuando la empresa y el exconcejal Mauricio Smok (UDI), se querellaron en contra del militante del Partido Comunista por la no otorgación de permisos para habilitar un edificio residencial ubicado en calle Dardignac 44.
Dicho proyecto se denomina “Conjunto Armónico Bellavista” y contempla tres torres residenciales, una de las cuales ya está funcionando y otra no se encuentra construida.
El problema abarca al segundo edificio que, si bien está listo para ser entregado, la Recepción Municipal de Recoleta no ha dado el permiso para pueda ser habitado al acusar que sus 16 pisos exceden los 9 establecidos en el plan regulador.