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Condenan a exoficiales de Ejército por secuestros, torturas y desaparición de 22 personas en Pisagua e Iquique en 1973

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena, Sergio Troncoso Espinoza, condenó a la pena de presidio perpetuo al ex Brigadier de Ejército Pedro Santiago Collado Martí y al ex Coronel Conrado Vicente García Giaier en calidad de autores de los delitos reiterados de secuestro calificado y de aplicación de tormentos de numerosos prisioneros políticos. Los ilícitos fueron cometidos en la localidad de Pisagua e Iquique después del golpe militar de septiembre de 1973. En el fallo (causa rol 21-2012 tomo B), el ministro Troncoso Espinoza condenó al ex brigadier Pedro Santiago Collado Martí a la pena de presidio perpetuo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares, como autor del delito reiterado de secuestro calificado y asesinato de las 22 personas querellantes: Agusto Samuel Ahumada Gallardo, Enrique Silva Olivares, Mario del Carmen Magne Castillo, Artemio Rufino Salinas Valdivia, Rigoberto Ernesto Pizarro Prado, Ricardo Enrique Torres Morales, Ignelia Patricia Fuentes Rojas, Gerardo Enrique Soudre Rojas, José Alejandro González Carreño, Damián Enrique Villegas Castillo, Damián Ernesto Rojas Gallardo, Carlos Aldo Valdivieso Martínez, Juan Ernesto García Justiniano, Pedro Segundo Aguilera Sanquea, Juan Adolfo Guillermo Petersen Gallardo, Luis Alberto Tapia Hidalgo, Patricio Alberto Polanco Polanco, Odesa Raquel Flores Tiayna, Alfonso Pedro Araya Pallero, Jorge Ramón Zúñiga Poblete y Eddie Omar Márquez Cortez, y como autor del delito de aplicación de tormentos a la víctima Luis Fernando Fuentes López.

05 de enero de 2025, 10:06 pm.

Según Cambio21.cl, en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena, Sergio Troncoso Espinoza, condenó a la pena de presidio perpetuo al ex Brigadier de Ejército Pedro Santiago Collado Martí y al ex Coronel Conrado Vicente García Giaier en calidad de autores de los delitos reiterados de secuestro calificado y de aplicación de tormentos de numerosos prisioneros políticos.

Los ilícitos fueron cometidos en la localidad de Pisagua e Iquique después del golpe militar de septiembre de 1973.

En el fallo (causa rol 21-2012 tomo B), el ministro Troncoso Espinoza condenó al ex brigadier Pedro Santiago Collado Martí a la pena de presidio perpetuo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares, como autor del delito reiterado de secuestro calificado y asesinato de las 22 personas querellantes: Agusto Samuel Ahumada Gallardo, Enrique Silva Olivares, Mario del Carmen Magne Castillo, Artemio Rufino Salinas Valdivia, Rigoberto Ernesto Pizarro Prado, Ricardo Enrique Torres Morales, Ignelia Patricia Fuentes Rojas, Gerardo Enrique Soudre Rojas, José Alejandro González Carreño, Damián Enrique Villegas Castillo, Damián Ernesto Rojas Gallardo, Carlos Aldo Valdivieso Martínez, Juan Ernesto García Justiniano, Pedro Segundo Aguilera Sanquea, Juan Adolfo Guillermo Petersen Gallardo, Luis Alberto Tapia Hidalgo, Patricio Alberto Polanco Polanco, Odesa Raquel Flores Tiayna, Alfonso Pedro Araya Pallero, Jorge Ramón Zúñiga Poblete y Eddie Omar Márquez Cortez, y como autor del delito de aplicación de tormentos a la víctima Luis Fernando Fuentes López.

En tanto, el ex coronel del Ejército Conrado Vicente García Giaier fue sentenciado a la misma condena en calidad de autor del delito reiterado de secuestro calificado de Artemio Rufino Salinas Valdivia, Gerardo Enrique Soudre Rojas, José Alejandro González Carreño, Damián Ernesto Rojas Gallardo, Carlos Aldo Valdivieso Martínez, Juan Adolfo Guillermo Petersen Gallardo, Luis Alberto Tapia Hidalgo, Patricio Alberto Polanco Polanco, Odesa Raquel Flores Tiayna, Alfonso Pedro Araya Pallero y Eddie Omar Márquez Cortez.

La resolución señala que: “La época más violenta de todo el período represivo se corresponde con los primeros meses del gobierno de facto, pudiendo indicarse a vía ejemplar que, de las 3.197 víctimas de ejecuciones y desapariciones forzadas identificadas por el Informe Rettig, 1.823 se produjeron en el año 1973, y que el 67,4% de los testimonios calificados por la Comisión Valech refieren haber sido detenidos entre septiembre y diciembre de 1973 (18.364 personas de un total de 22.824 detenciones). De todo lo expuesto se desprende que los sucesos de que trata esta investigación, de ser efectivos, corresponderían indudablemente a crímenes contra la humanidad, al incluir actos de tortura perpetrados en un contexto de opresión sistemática o generalizada contra una población civil, propio de tal categoría de ilícitos”.

En la resolución, el ministro Troncoso Espinoza da por establecido que el Campamento de Prisioneros de Pisagua fue dirigido por el entonces teniente coronel Ramón Caupolicán Larraín Larraín (fallecido), contralor y comandante del Campo de Prisioneros de Guerra y Guarnición Militar de Pisagua, quien a su vez recibía órdenes directas y perentorias de Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen, (fallecido), comandante en jefe de la VI División de Ejército y jefe de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá.

Las guardias del Campo estaban formadas por un contingente dirigido por un capitán, quien era asistido por dos o más oficiales de menor grado, tenientes o subtenientes, y por la tropa de clases respectiva.

Larraín disponía el ingreso de los detenidos y bajo su mando, directo o delegado a los oficiales que custodiaban el campo, se ejecutaban sesiones de interrogatorios y torturas.

Este equipo de interrogadores se trasladaba regularmente a Pisagua desde Iquique en una avioneta piloteada por el oficial de Ejército Carlos Teodoro de la Barra Daniels (fallecido). La razón por la que este grupo no tenía permanencia estable en Pisagua, era porque ejecutaban las mismas prácticas contra los detenidos en el Regimiento de Telecomunicaciones, donde se encontraban bajo el mando de Pedro Santiago Collado Martí quien dirigía el Servicio de Inteligencia Militar, conformado por militares y carabineros, y quien tenía un vínculo de amistad con el fiscal Mario Sergio Acuña Riquelme con el que sostenía reuniones al menos una vez por semana.

Solo una porción de las personas detenidas en Pisagua fue sometida a Consejo de Guerra, los que se celebraban en la escuela de esa localidad.

Esos espurios tribunales se conformaban por diversos oficiales especialmente llamados al efecto, desempeñándose como fiscal Mario Acuña Riquelme (fallecido) y como ente ratificador de las condenas dispuestas por el Consejo, actuaba Ramón Larraín Larraín y Carlos Forestier Haensgen.

Un gran porcentaje de presos fue condenado informalmente, es decir, sin que hubiera una sentencia escrita o al menos sin que ellos la recibieran, muchas veces eran condenados con el solo mérito de sus confesiones obtenidas a través de torturas, y debiendo trasladarse por sus propios medios a los lugares de cumplimiento de las penas, permaneciendo recluidos o relegados hasta su término, rebaja de sanción o conversión por exilio.

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