Justicia

Corte Suprema mantiene secreto sobre personal en retiro recontratado por Armada

La Corte Suprema mantuvo bajo reserva la información sobre los oficiales en retiro de la Armada recontratados por la institución castrense. De esta manera, desestimó un requerimiento del Consejo para la Transparencia que había sido acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes Belmar, Carlos Cerda y Arturo Prado– consideró que la información solicitada es de carácter reservado.

El fallo consigna que ” ley ha señalado, expresamente, que es secreta la información vinculada con los planes de operación o de servicio de las instituciones de las Fuerzas Armadas con sus respectivos antecedentes de cualquier naturaleza, relativos a esta materia, así como aquella concerniente a las armas de fuego, partes y piezas de las mismas que dichas instituciones emplean y, además, la relacionada con equipos y pertrechos militares”.

“En este aspecto –continúa– no cabe sino concluir que la información que se ordena entregar, esto es, aquella relativa al personal de ex oficiales que hayan sido recontratados desde el año 2010 a la fecha, con indicación del cargo y sueldo con el que reingresaron y la unidad o repartición en que se desempeñan actualmente, de aquellos funcionarios que cumplen funciones relacionadas con labores administrativas, servicios generales, legales, de docencia, de salud, es una información que se encuentra amparada por la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 436 del Código de Justicia Militar”.

Añade que esta información “se relaciona con los planes de operación o de servicio de la Armada de Chile, en tanto su entrega, en los términos que ha sido ordenada, permite establecer la cantidad de personal civil que se desempeña en la referida institución, como asimismo los recursos que son destinados a su planta de funcionarios civiles. Así, su revelación claramente conlleva un debilitando del rol esencial que les ha sido asignado por la Carta Fundamental a las Fuerzas Armadas, toda vez que permite publicitar parte de los recursos humanos y económicos con los que cuenta”.

“Así, si se concluye que la información relacionada con la planta de funcionarios de la Armada de Chile, está amparada por la causal de secreto o reserva en comento, sólo puede concluirse que tal reserva debe abarcar a toda la planta, sean funcionarios civiles o militares, puesto que tales datos, en atención a la labor que el ordenamiento jurídico encomienda a la referida institución, son estratégicos, pues permiten establecer los funcionarios con que se cuenta y la cantidad de dinero que se destina al ámbito de recursos humanos, de modo que aquella, indudablemente, se relaciona directamente con la seguridad de la Nación”, añade.

Por lo mismo, concluye el fallo, “la información solicitada puede comprometer la eficaz actuación de una institución como la Armada de Chile, dedicada a la Defensa Nacional, desde que a partir de ella puede elaborarse un completo análisis de sus planes de operación o de servicio”.

La decisión fue adoptada con los votos en contra de los ministros Muñoz y Cerda.

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