Sorpresa. Indignación. Curiosidad. Dudas. Estupor.
Esas fueron alguna de las reacciones de las personas que recibieron el correo electrónico del encargado de relaciones con la comunidad de la empresa Volta, Nestor Ailañir Vega en el cual se les invitada a participar del “Seminario Gestión Integral de Residuos Sólidos” en el auditorio del hospital Herminda Martín en la ciudad de Chillán. El pequeño gran detalle es que la invitación se hacía “…en nombre de Patricio Caamaño Viveros, SEREMI del Medio Ambiente Región del Ñuble…”
¿Puede una empresa invitar a nombre de una autoridad a una actividad? En este caso se trata de una empresa que actualmente gestiona los residuos sólidos de la ciudad de Chillán y sus alrededores y que está en medio de un proceso de evaluación de su ampliación ante el servicio de evaluación ambiental (SEA). Pero no sólo eso, la empresa ha sido multada por incumplimientos sanitarios y está desarrollando un plan de cumplimiento (PDC) para ponerse al día en las diversas faltas que ha tenido su actual operación.
Juan Caamaño, Seremi de Medio ambiente, Región de Ñuble
El relleno sanitario Ecobio (empresa del grupo Volta) fue objeto de un proceso sancionatorio por parte de la Superintendencia del Medioambiente el 16 de marzo de 2017, dada la violación grave de su Resolución de Calificación Ambiental. Dentro de los hechos imputados, están haber realizado modificaciones en el relleno sin la autorización respectiva, mal manejo de lixiviados, así como negligencia en el monitoreo de aguas. Producto de este proceso sancionatorio, la empresa se encuentra tramitando dos proyectos de Declaraciones de Impacto Ambiental ante las autoridades competentes, cosa que ha sido fuertemente criticada por los vecinos que exigen que sea un Estudio de Impacto Ambiental y no solo una Declaración, tal como lo expresó Luis Mendoza al diario La Discusión el pasado 12 de junio “…el proyecto necesita un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no solo una Declaración de Impacto Ambiental…”. Los motivos esgrimidos para hacer esa solicitud parecen razonables y fueron dados por el dirigente vecinal Ulises Lari “…hemos planteado que este proyecto junto a otros genera una sinergia negativa…”
Néstor Aillanir Vega. Encargado de Relaciones Comunitarias de la empresa Volta.
Consultados algunos abogados especialistas en derecho administrativo por esta curiosa invitación, de una empresa que presenta evidentes problemas operativos, nos señalan que constituye una violación del Principio de Imparcialidad, contenido en el articulo 11 Ley de Base de Procedimientos Administrativos, al establecer que “la Administración debe actuar con objetividad y respetar el principio de probidad consagrado en la legislación, tanto en la substanciación del procedimiento como en las decisiones que adopte”, considerando que el SEREMI forma parte de la Comisión Regional de Evaluación que deberá evaluar los proyectos reseñados.
Asimismo, desde el punto de la conducta funcionaria, los abogados nos señalan que se vulnera el principio constitucional de Probidad Administrativa, que consiste “en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular” y que está contenido en la Ley de Bases de la Administracion del Estado (Ley Nº 18.575).
Finalmente, nos señalan que lo normal que debería pasar es que la autoridad ambiental se inhabilite en el proceso de evaluación de las dos Declaraciones de Impacto Ambiental relacionadas a la misma empresa, por cuanto en esa instancia actúa como miembro de la Comisión Evaluadora Regional.
Está por verse que ocurrirá. Por el momento, la principal sospecha apunta a que esta curiosa relación entre el Seremi de Medio Ambiente y la empresa Volta (dueña de Ecobio) le permite a esta última tramitar una Declaración de Impacto Ambiental y no un Estudio.