La Contraloría General de la República cuestionó duramente al Servicio de Impuestos Internos (SII) por la decisión de no presentar querellas en casos de financiamiento irregular de la política de empresas como SQM y Penta.
En un oficio, emitido el 21 de abril y firmado por el contralor Jorge Bermúdez, el organismo fiscalizador emplazó al SII a adoptar “todas las medidas que resulten conducentes para ajustar sus actuaciones a lo prescrito en la normativa”.
“La inactividad del SII o la falta de acción oportuna de dicho organismo tiene consecuencias graves para el patrimonio fiscal, al dejar de ejercer las funciones que le ha entregado la ley y que tienen como límite evidente los plazos de prescripción de dichas acciones”, indica el dictamen.
En ese sentido, Contraloría plantea que en relación a los siete meses que demoró el SII en presentar una querella en contra del exministro Carlos Ominami, el servicio “deberá sustanciar un procedimiento disciplinario destinado a hacer efectivas las responsabilidades administrativas que hayan podido originarse con motivo de tal situación”.
En el documento, el ente fiscalizador se reconoce el hecho de que “las investigaciones de hechos constitutivos de delitos tributarios sancionados con pena privativa de libertad sólo podrán ser iniciadas por denuncia o querella del Servicio”.
Por esto, se indica que “pese a tratarse de una atribución discrecional del director del SII, resulta indispensable que las decisiones que adopte en la materia tengan un fundamento racional”.
“Es importante que estas no obedezcan al mero capricho de la autoridad sino a criterios objetivos que le otorguen legitimidad”, enfatiza el oficio.
“Cabe recordar que las autoridades y los funcionarios del SII están obligados a observar el principio de imparcialidad (…) tanto en la substanciación de sus procedimientos como en las resoluciones que adopten, han de actuar con objetividad y respetar el principio de probidad, el que, a su vez, les impone la obligación de emplear medios idóneos de diagnóstico, decisión y control”, se añade.
Ante esta declaración, el Servicio de Impuestos Internos tendrá un plazo de 20 días para responder al ente fiscalizador.